Cuando piensas en tu jubilación es inevitable asociarla a un plan de pensiones pero existen otros sistemas de ahorro que también garantizan el nivel de vida anterior a la jubilación y te proporcionan la tranquilidad que necesitas, este sistema de ahorro opcional es el Plan de Previsión Asegurado o PPA.
Ambos presentan similitudes pero también alguna diferencia, la elección de uno u otro dependerá de tu perfil de inversor, si eres conservador o no. Para que puedas tener una visión general de los dos vamos a detallar los aspectos más representativos de cada uno de ello.
Seguridad
Los Planes de Pensiones son sistemas de ahorro con forma jurídica de contrato que operan a través de un fondo de pensiones. Un fondo de pensiones funciona de la misma manera que un fondo de inversión, se invierte el dinero para obtener rentabilidad. Al invertir el dinero en un fondo puede pasar que se gane o se pierda dinero, incluso se pueden perder los derechos consolidados, esto quiere decir que se pierda el capital aportado y los rendimientos.
Por lo tanto un Plan de Pensiones no puede garantizar que recuperes las aportaciones en el momento de la jubilación.
Sin embargo un Plan de Previsión Asegurado se integra en una póliza de seguro del tipo vida-ahorro, por lo tanto te asegura que recuperes en el momento de la jubilación el 100% de la inversión realizada más la rentabilidad mínima pactada.
Compatibles
Los Planes de Pensiones y los Planes de Previsión Asegurada son compatibles, esto quiere decir que puedes realizar traspasos de uno a otro las veces que quieras, durante el tiempo que quieras, sin coste fiscal, ni penalizaciones, ni comisiones.
Ventajas fiscales
Los Planes de Pensiones y los Planes de Previsión Asegurada tienen las mismas ventajas fiscales: el máximo deducible anual no puede ser superior a los 8.000 € o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.
Rescate
Los Planes de Previsión Asegurada tiene las mismas contingencias que un Plan de Pensiones ante un rescate. Sólo es posible realizar un rescate en los casos de:
- Jubilación
- Incapacidad laboral
- Gran dependencia
- Fallecimiento
- Enfermedad grave
- Desempleo de larga duración
- Situación de desahucio
- A los 10 años, según la última modificación del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones
Los impuestos en el momento del rescate también son idénticos, se declaran como rentas de trabajo. El rescate se puede hacer en forma de renta o de capital (todo de una vez), en el caso de realizar el rescate en forma de capital los impuestos serán más elevados que en forma de renta puesto que el tipo marginal es más elevado en el primer caso.
Límite de aportaciones
El límite de aportaciones anuales tanto para el Plan de Pensiones como para el Plan de Previsión Asegurado no puede superar los 8.000 €. Este límite se aplica individualmente por cada miembro de la unidad familiar.
Fallecimiento
En caso de fallecimiento en el Plan de Pensiones se abona al beneficiario el capital acumulado y en el Plan de Previsión Asegurado se abona la previsión matemática.
Entonces, ¿Plan de Pensiones o Plan de Previsión Asegurada?
Antes es necesario analizar muchos factores. Uno de ellos es el perfil de inversor, si es de riesgo o no.
También dependerá de los años que queden para la jubilación, si tienes pocos años de vida laboral no te interesa correr riesgo con las inversiones por lo que un Plan de Previsión Asegurada es la respuesta. Sin embargo, si dispones de más tiempo puedes apostar por una inversión de riesgo los primeros años y posteriormente traspasarlo a algo más seguro.
Lo más importante es que te informes y asesores con profesionales, en drij consulting analizamos tus datos y te asesoramos sobre los productos que más te convienen para tu jubilación.